Alquileres durante el coronavirus

Desde el 14 de marzo en España se vive una situación sin precedentes. Bajo el estado de alarma la población se encuentra confinada en sus casas y se espera que la situación se mantenga, por lo menos, hasta el 9 de mayo. La crisis del coronavirus ha reabierto el debate sobre la regulación de los precios del alquiler para reducir el número de personas afectadas por las consecuencias de la pandemia.

Regulación del alquiler: ¿de dónde se parte?

España, desde el estallido de la burbuja inmobiliaria en 2008, vive el debate sobre la regulación de los precios del alquiler. Entre quienes más han pedido esta limitación de rentas se encuentran plataformas de activistas y partidos políticos — entre los que destaca Unidas Podemos .

El debate cobró fuerza en octubre de 2019, en Berlín. La ciudad-estado aprobó un decreto que impedía a los propietarios subir el precio de las rentas durante 5 años. Además, reconocía el derecho a reclamar una bajada si excedía el precio fijado por la Administración. Esta medida se ha ido aplicando en países europeos como Holanda y en algunas regiones de Estados Unidos. En oposición, son varios los economistas que señalan que esta fórmula de control no funciona, tratándose de una “solución milagro” de carácter político.

El precio del alquiler en España (marzo 2020)

El precio del alquiler en España. Paloma Garrido  CC/BY/SA 4.0.

 

 

Algunos expertos abogan por la creación de un parque social de vivienda que permita incrementar la oferta existente, y así rebajar los precios. En España, el gobierno de Pedro Sánchez aprobó el 1 de marzo un Real Decreto de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, el cual contempla que la subida de la renta anual estará ligada al IPC durante el tiempo que dure el contrato.

Proteger el alquiler ante el coronavirus

¿Cuál ha sido la reacción gubernamental durante la pandemia?

La oferta está parada y la demanda también lo está, la crisis actual es una crisis sin precedentes. La pérdida de trabajo de 900.000 empleados -los peores datos históricos en España- ha dejado a miles de familias sin un sustento con el que vivir. Los inquilinos y propietarios se han visto vapuleados por una pandemia que hace temblar unos alquileres que en cinco años habían aumentado un 50% su precio.

Esto ha obligado al Gobierno español a adoptar medidas enfocadas en dos vertientes básicas para proteger del coronavirus el alquiler. La primera, minimizar la vulnerabilidad de los arrendatarios de vivienda habitual. La segunda, evitar trasladar esta vulnerabilidad a los pequeños propietarios. 

Según se refleja en el Real Decreto publicado en el BOE, se han paralizado los desahucios de aquellas personas sin alternativa habitacional. Entre otras medidas, el texto también contempla una moratoria de la deuda del arrendamiento que, en caso de ser el arrendatario un gran tenedor, empresa o entidad pública; se aplicará automáticamente. Los inquilinos cuyo casero no haya aceptado una moratoria podrán solicitar microcréditos al Instituto de Crédito Oficial sin intereses ni comisiones.

Por su parte, para los inquilinos pequeños -los que tengan menos de 10 pisos bajo gestión- el Gobierno aseguró a finales de marzo que iban a recibir todas las rentas de forma íntegra. Según el Ejecutivo se trata de “garantizar que los grandes tenedores tengan que arrimar el hombro para que se haga efectivo el derecho constitucional de la vivienda”. 

¿Quién puede acogerse a la moratoria?

A falta de datos oficiales, se estiman medio millón de solicitudes

En líneas generales, el Gobierno contempla que puedan acceder a estas ventajas desempleados, personas afectadas por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o que hayan tenido que reducir su jornada; entre otros. En definitiva, ciudadanos que hayan visto reducir sus ingresos sustancialmente por una concatenación de motivos particulares. 

Por el momento se desconoce cualquier tipo de cifra oficial de número de solicitudes y adjudicaciones. Sin embargo, la consultora Tessi Iberia ha estimado que las entidades financieras recibirán más de medio millón de solicitudes para la moratoria de los pagos de hipotecas dentro de este plan de contingencia. El informe va más allá. Según la compañía, sólo se admitirán aproximadamente un 15% de estas solicitudes debido a la exigencia de los requisitos.

Reacción de la sociedad

Ante la situación actual más de 16.000 arrendatarios se han unido a la huelga de alquileres que el sindicato de inquilinos convocaba el pasado 1 de abril, en busca de la suspensión de pagos a los afectados por la situación económica generada por el coronavirus. Sin embargo, la Constitución Española solo contempla el derecho a huelga en el ámbito laboral, por lo que esta protesta podría tener consecuencias para los arrendatarios que, en términos judiciales, estarían en situación de impago.

Al margen de las protestas ciudadanas existen también gestos solidarios que ayudan a sobrellevar las consecuencias de la pandemia en estos días. Muchos propietarios están perdonando las mensualidades a sus inquilinos mientras dure la emergencia sanitaria como muestra de apoyo. Es el caso de personas como Ana López o Zaida Gallego, que se sienten aliviadas y muy agradecidas por no tener que pagar el alquiler en estos meses de coronavirus.

Otro caso el de los estudiantes universitarios que abandonaron sus pisos pensando que volverían a las clases presenciales y, por tanto, dejando todas sus pertenencias allí. Ahora se encuentran teniendo que pagar la renta de una vivienda en la que no vive nadie. Los caseros, por su parte, se acogen a que el inmueble no puede ser ocupado por ninguna otra persona hasta que los estudiantes puedan volver a por sus efectos personales. 

Para evitar estas situaciones de conflicto la Asociación de Propietarios de Viviendas de Alquiler (Asval) propone una mesa de diálogo con el Gobierno. El objetivo, proteger tanto a los inquilinos como a los propietarios.

El futuro de la regulación de los alquileres

Aún es pronto para aventurar qué sucederá con el mercado del alquiler tras el coronavirus. La situación previa a la pandemia había magnificado la burbuja de los alquileres en ciudades como Madrid o Barcelona. Allí, la opción de compra de vivienda se había vuelto más rentable que la hipoteca o el alquiler. No obstante, esta tendencia podría revertirse. Especialmente, con la vuelta al mercado de alquiler de larga duración de inmuebles que, hasta ahora, se ofrecían como alojamientos turísticos.

Porcentaje de población que vivía en régimen de alquiler en la Unión Europea en 2017 / Flourish / Ignacio García y María López  

El 18 de enero, la empresa de alojamientos Airbnb anunciaba su próxima salida a bolsa a lo largo de 2020. Con la llegada del coronavirus, gran parte de sus inmuebles han regresado a portales como Idealista o Pisos.com. Esta salida, probablemente, no llegue ya a producirse. Paradójicamente, serán las zonas con más oferta las que experimenten una mayor reducción. Se debe a que el precio de salida de las viviendas en dichas zonas se alejaba más del precio real de mercado, por lo que ahora experimentará un descenso más drástico.

De cara a las relaciones entre arrendadores y arrendatarios, asociaciones de juristas han señalado una medida que podría ser la más “justa” para ambas partes. Se trata de una norma procesal de inadmisión de demandas por desahucio por impago de renta, durante un período mínimo de 6 meses. Ésta impediría que se produjera el desahucio del particular durante este tiempo de recuperación. No obstante, no privaría al arrendador de su derecho a renta (transcurrido el período). 

Todo apunta a que éste será el modelo que seguirán Alemania y otras democracias europeas (el germano es el país europeo con mayor población en régimen de alquiler, con un 40% del total viviendo bajo estas condiciones). En cualquier caso, el mercado de la vivienda y su consumo se transformarán, como lo harán muchos otros aspectos que hasta ahora parecían inamovibles. Dependerá de la actuación y la regulación del gobierno que la balanza, finalmente, se incline hacia los derechos de los inquilinos o hacia aquellos de los propietarios. O, incluso, que encuentre un punto medio.